Consejo y junta cantonal de protección de derechos emprenden acciones de protección de derechos
Basados en el Art. 7, literales f y o de las competencias del Consejo Cantonal de Derechos de manera articulada con la Junta Cantonal de Derechos, se encuentran ejecutando una serie de acciones que permitan fortalecer el cumplimiento de los derechos de los grupos de atención vulnerable de Macará.